El Tribunal Supremo amplía el concepto de allanamiento de morada
El cambio planteado por el alto tribunal en una sentencia puede servir para facilitar la expulsión de okupas en segundas residencias.
El Tribunal Supremo ha ratificado que el delito de allanamiento de morada puede darse aunque la vivienda no sea la residencia habitual de la víctima, con tal de que esté amueblada y tenga servicios esenciales que acrediten que no está desocupada, lo que puede facilitar la expulsión de okupas.
Lo hace en una sentencia en la que ratifica una condena a un británico por intentar matar a su expareja en Albox (Almería) en 2017 y en la que no habla de okupación, pero en la que dedica varias páginas a justificar que el hombre fuera también condenado por allanamiento de morada.
En una reciente instrucción para agilizar los desalojos de okupas, la Fiscalía ya dejó claro que el allanamiento (que permite pedir el desalojo de forma inmediata) se produce respecto a la casa y la segunda residencia por ser lugares donde el dueño desarrolla su vida privada e intimidad, mientras que la usurpación se refiere a inmuebles y viviendas que no constituyen la morada de nadie, es decir, que están deshabitadas y vacías.
Ahora el Supremo confirma esa definición amplia de «morada», apuntan fuentes jurídicas.
Según la sentencia, no se puede excluir como morada, a efectos de allanamiento, una vivienda que la víctima «también utiliza ocasionalmente, que tiene amueblada, y dada de alta la luz, el agua y gas, como servicios esenciales que acreditan que es vivienda que se utiliza habitualmente, y que no está desocupada».
Con su resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, el Supremo confirma la condena a 15 años y 9 meses de cárcel impuesta a un ciudadano británico por homicidio en grado de tentativa con la agravante de parentesco y reincidencia, detención ilegal, allanamiento de morada y atentado.
Los hechos ocurrieron en marzo de 2017 cuando, según relata la resolución, «con el propósito de acabar con la vida de su expareja», fue a su casa y allí la esperó con un cuchillo de grandes dimensiones que cogió de la cocina, con el que, al llegar ella, la amenazó de muerte causándole «el terror y el miedo que pretendía».
La víctima aprovechó un descuido del agresor para intentar huir en su vehículo, pero se detuvo al ver que llegaba la Policía Local, que había sido ya alertada.
El hombre, que tenía una condena por amenazas en el ámbito familiar y también había sido sentenciado en Manchester por homicidio en grado de tentativa, salió en dirección al coche y volvió a intentar apuñalar a la mujer, hasta que fue reducido por los agentes a balazos.
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